Cargando...
Cargando

Universidad de Sevilla Centro de Formación Permanente

Inicio > Cursos > Mediación en Arquitectura, Edificación y Urbanismo

Experto

Curso Académico 2016-2017

MEDIACIÓN EN ARQUITECTURA, EDIFICACIÓN Y URBANISMO

Preinscripción:
Del 01/08/2016 al 05/10/2016
Matrícula:
Del 10/09/2016 al 20/09/2016
Ampliación de matrícula:
Del 01/10/2016 al 05/10/2016
Impartición:
Del 13/10/2016 al 13/01/2017
Precio (euros):
860,00 (tasas incluidas)
Director de los estudios:
D. José Antonio López Martínez
Número de créditos:
15,00 ECTS
Modalidad:
Semipresencial

Objetivos

El crecimiento, no siempre controlado, del sector constructivo y la "burbuja" inmobiliaria cuyas consecuencias socialmente estamos padeciendo en la actualidad, han propiciado no sólo una dramática parálisis productiva (con las consecuencias por todos conocidas en el sector profesional de la Arquitectura) sino la proliferación de conflictos derivados de una insatisfecha expectativa en el resultado obtenido, en el producto construído o en el objeto adquirido y, que no olvidemos, está directa o indirectamente relacionado con la más importante inversión que realiza una persona, su vivienda.

Cuando ha surgido el conflicto, su resolución no siempre se circunscribe al ámbito inmediato de las partes implicadas ya que, por su incapacidad, subjetividad o intención, en demasiadas situaciones acaba solicitándose de las instancias judiciales que sean ellas las que lo admitan y resuelvan aplicando su garantía y la fuerza ejecutiva de la resolución.

Sin embargo esta habitual solución, por el aumento de la conflictividad y al ser ésta cada vez más compleja y precisa de especialización, está limitada (y socialmente de forma muy llamativa) no sólo por el colapso de los órganos judiciales ante la falta de medios disponibles que dilata de forma inaceptable la solución de la reclamación, sino porque por las carencia que tiene el juzgador en los complejos conocimientos necesarios para resolver el asunto, hace necesaria la participación de expertos (peritos) en los que éste pueda apoyarse para que, desde su real conocimiento y capacidad de convicción, le ayuden a resolver el litigio planteado.

Ante esta situación de hecho, la sociedad plantea una nueva cultura jurídica basada en fomentar la comunicación entre las partes, facilitada por un tercero, para que, mediante el diálogo y el conocimiento de los intereses comunes, se transforme el conflicto en un consenso formalizado en un acta final de aceptación. Es la mediación como herramienta para resolver voluntariamente conflictos mediante la negociación y el acuerdo, como alternativa a la imposición de la Administración de Justicia y que, se fundamenta en la presencia de una tercera persona (MEDIADOR) que, libre y voluntariamente admitida por las partes, por su imparcialidad y conocimientos, facilitará la comunicación y, canalizando los intereses coincidentes y aproximando los que, al inicio, estaban enfrentados y provocaban el conflicto.

Si este breve análisis lo aplicamos al sector de la Arquitectura, en la actualidad su actividad está afectada por ambas limitaciones en la solución judicial convencional: en primer lugar la multiplicidad de las reclamaciones que se producen en el ámbito de su competencia profesional y, en segundo lugar, la complejidad y especialización de las situaciones y ámbitos en los que se producen las controversias. Es por ello que ha de contemplarse como oportuna y necesaria, la incorporación de la mediación para la solución de conflictos complementariamente a las instancias judiciales, y que dejan a éstas como el último recurso al que acudir cuando no ha sido posible una solución acordada del conflicto.


Pero para incorporarse a esta estrategia resolutoria, por las instituciones responsables, al efecto han de desarrollarse los cursos necesarios que permitan a los profesionales arquitectos que hayan de actuar como mediadores, cumplir las exigencias que, a tal fin, se establecen en la "Ley 5/2012 de 6 de julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles", y disponer de la formación y habilidades específicas necesarias para desempeñar esa tarea y ayudar a encontrar una solución dialogada y voluntariamente querida por las partes.
 
OBJETIVOS

En consonancia con las consideraciones establecidas, las enseñanzas objeto del presente curso tienen por objetivo a conseguir por los participantes el:

1º: Adquirir los conocimientos necesarios para ejercer de mediador en los conflictos surgidos entre personas o colectivos y en el campo de la arquitectura

2º: Aprender los métodos, técnicas y procedimientos de mediación en conflictos

3º: Ejercitarse en el proceso de mediación en el campo específico de la arquitectura

4º: Capacitar al estudiante para obtener el título oficial de mediador según los requisitos legales establecidos al efecto


Competencias

Como la mediación es un proceso sistemático e interactivo para la resolución de controversias, el mediador es la pieza esencial del modelo ya que, con su participación activa y experta, ayuda y orienta para encontrar una solución al problema, y formalizando el resultado en un acuerdo que, si los afectados lo desean, puede conformarse como escritura pública.

Se requiere por ello del mediador que no solo tenga la experiencia y formación en el campo objeto de su intervención que le permitan proponer una solución eficaz, económica, rápida y, por supuesto, satisfactoria para las partes litigantes, sino los conocimientos y habilidades que le permitan adecuarse a la idiosincrasia, formación y actitud de los implicados, facilitando con ello la comunicación y el entendimiento entre las partes.

En concreto, el mediador deberá tener formación en los métodos y procedimientos de mediación, en su marco normativo, jurídico y deontológico y en los métodos y el procedimiento de mediación, con especial atención en los aspectos psicológicos y de comunicación que inciden en la gestión de conflictos.

En el campo de la Arquitectura, con la diversidad de actividades, agentes, y abanico de actuaciones e intereses que su actividad genera, los conflictos son constantes y variopintos generándose controversias y reclamaciones que precisan una solución efectiva, justa y rápida que, en el momento actual, no siempre puede obtenerse con los procedimientos judiciales.

Es por ello que la mediación se presenta como una alternativa en la resolución de los conflictos a las instancias jurídicas que permita obtener al usuario, profesional y al empresario, por encima de todo, el beneficio de alcanzar una solución voluntaria, eficaz, rápida y económica de su problema.

Para el arquitecto se abre por ello un campo nuevo de actividad en el que, tras recibir la formación especializada necesaria, puede aplicar sus conocimientos y capacitación para entender de todos aquellos conflictos que se producen desde la relación contractual y profesional con los diferentes intervinientes en el proceso arquitectónico hasta y los que se presentan sobre el objeto directo de la práctica profesional, o mediar en las diferencias surgidas, entre particulares, empresas o la Administración por asuntos de construcción, discrepancias de carácter patrimonial o urbanístico

Procedimientos de Evaluación

Asistencia, Pruebas, Trabajos, Participación

Requisitos

Requisitos específicos de admisión a los estudios:
Arquitectos, Abogados, otras Titulaciones con competencia en el ámbito de la Mediación en Arquitectura, Edificación y Urbanismo

Dirección

Unidad Promotora:
Escuela Técnica Superior de Arquitectura
Director de los estudios:
D. José Antonio López Martínez
Departamento del Director:
Construcciones Arquitectónicas I

Impartición

Idioma de impartición:
Español
Lugar de impartición:
Fundación Fidas
Plataforma virtual:
Moodle

Información

Teléfono:
954556591
Email:

O bien utilice nuestro buscador de cursos:

Buscar
 
Código QR CFP

Centro de Formación Permanente. UNIVERSIDAD DE SEVILLA. Paseo de las Delicias – 41013 Sevilla (España).
https://cfp.us.es/

Nº VISITAS:  24305565
© 2007 Centro de Formación Permanente